El Gobierno nacional avanzó con una nueva reorganización de los Registros del Automotor: qué cambia en Catamarca

El Ministerio de Justicia de la Nación oficializó este lunes una nueva etapa de reorganización del sistema registral automotor a través de la Resolución 411/2026, publicada en el Boletín Oficial. La medida, enmarcada en el Plan Nacional de Digitalización y Reorganización Integral del Sistema Registral Automotor, alcanza a 395 unidades registrales en todo el país, aunque con impactos muy distintos según el caso.

Según se desprende del texto oficial, la resolución combina tres situaciones: la unificación de 368 Registros Seccionales que ya funcionaban bajo un mismo responsable, la supresión de 14 oficinas intervenidas sin encargado titular, y el cierre operativo de otras 13 dependencias cuya eliminación ya había sido dispuesta en 2024 y 2025 pero seguía pendiente de ejecutarse.

En el caso de Catamarca, la provincia queda comprendida únicamente en el primer grupo, el de las unificaciones administrativas. Según el Anexo I de la resolución, se fusionan las denominaciones de tres registros seccionales: el de Catamarca N° 1, el de Santa María y el de Recreo, en cada caso absorbiendo la competencia sobre motovehículos y maquinaria agrícola, vial o industrial que ya gestionaba el mismo encargado. La medida no implica cierre de atención al público ni pérdida de sede, sino que regulariza bajo una sola denominación trámites que ya se resolvían en una misma oficina.

Ningún registro catamarqueño figura en los anexos II y III de la norma, es decir, entre las dependencias que sí dejarán de funcionar. Ese destino corresponde a oficinas de Buenos Aires, CABA, Córdoba, Neuquén, Río Negro y Tucumán, según el detalle publicado por el Ministerio de Justicia.

Desde la cartera nacional explicaron que el criterio central de la reforma es «adecuar la organización formal de la red a su real desenvolvimiento operativo», en los casos donde una misma persona ya ejercía simultáneamente como Encargado Titular de un registro e Interventor de otro. La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA) tiene un plazo de 30 días hábiles para ejecutar los cierres operativos y transferir la documentación correspondiente.

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